Reglamento alquiler para uso en el II Festival Folclórico Pura Cañita Juan Viñas 2014
ARTICULO Nº 1.- La persona interesada que solicite un espacio de alquiler para uso exclusivo en el II Festival Folclórico Pura Cañita Juan Viñas 2014, deberá firmar el presente reglamento, aceptando en su totalidad y de conformidad todas las cláusulas que en el figuran, en el caso de que puesto a consideración de la ORGANIZACIÓN no sea autorizado, se procederá a devolverle su seña y la firma de este Reglamento. Así también es requisito indispensable, presentar un listado donde figuren la totalidad de las personas invitadas (en stand o espacio), por razones de seguridad y con el fin de evitar inconvenientes, se deja constancia que es obligatoria la presencia del responsable mientras dure el evento.-
ARTICULO Nº 2.- El espacio será destinado y autorizado para la realización de 1.1 VENTAS en la categoría de: 1. Comidas rápidas, 2. Chinamo de dulces, 3. Puesto de parrillada. 2.1 EXPOCISION en la categoría de: 1. Artesanías, 2. Manualidades, 2. Manualidades, 3. Marca (Información de Empresas patrocinadoras y/o participantes), 4. Pinturas, 3.1 OTRAS CATEGORIAS en las que incluye: OTRAS NO MENCIONADAS. Las solicitudes podrán ser presentadas con un plazo de tiempo de antelación no menor a 60 días y canceladas en su totalidad con 24 horas de anticipación al último día calendario del mes de Julio del 2014.-
Queda expresamente establecido la prohibición y la utilización de barras de bebidas alcohólicas.-
ARTICULO Nº 3.- Al presentar éste reglamento, deberá señalar su fecha de alquiler en Colones (¢) para asegurar su exclusiva reserva del espacio. Dicha seña, en caso de no ser aprobado su reglamento por la ORGANIZACION, se le será reintegrada la plata dejando la reserva sin efecto.-
ARTICULO Nº 4.- Para el uso de la parrilla, el propietario del espacio solicitante debe proveer de los elementos combustibles que en cada caso se aconsejan, dejando libre el mismo de todo desperdicio, envases vacíos o residuos y todo otro elemento que altere el buen uso, higiene y aspecto de la misma.-
ARTICULO Nº 5.- Será de exclusivo cargo y responsabilidad del propietario del espacio solicitante, la reposición o acondicionamiento de los deterioros materiales sufridos en el sector ocupado a quien se le formularán los cargos por el valor deteriorado o reposición.-
ARTICULO Nº 6.- El propietario del espacio solicitante deberá tomar todos los recaudos necesarios para que no sobrepase el horario de finalización otorgado por las autoridades competentes y/o ORGANIZACION, como así tampoco alterar el cumplimiento de las normas citadas y que determine la ORGANIZACION para cada caso, como ser el orden, la disciplina y decoro, acorde con el Festival Folclórico, de lo que será el único responsable.-
ARTICULO Nº 7.- Finalizada la actividad, deberán ser retirados todos los elementos no pertenecientes a PROYECCION FOLCLORICA SEMBRANDO ESPERANZAS y/o ASEHJUVI S.A, no haciéndose responsable éste (PFSE), por robo, deterioro y/o extravío de los mismos, y además, deberán entregarse sin excepción en la misma forma que fueron recibidos tanto el salón como los distintos elementos.-
ARTICULO Nº 8.- Queda terminantemente prohibido la colocación de clavos y otros elementos y materiales para colgar por parte del personal del Disc - Jockey y/o del propio asociado en las paredes del salón, tanto en su parte interna como externa. Además, queda prohibido el uso de tergopol, y/o papel picado, o cualquier otro elemento de similares características.-
ARTICULO Nº 9.- Será de exclusiva responsabilidad del propietario solicitante, poseer el recibo o autorización y/o carne de manipulación de Ministerio de Salud, y/o cualquier otro organismo que demande el pago.-
ARTICULO Nº 10.- Toda trasgresión por parte del propietario solicitante, como así también de las personas que lo acompañen en la oportunidad, a las reglamentaciones vigentes apuntadas en el presente, dará lugar automáticamente a la ORGANIZACION, a aplicar las sanciones que cada caso requiera de acuerdo a la magnitud de la inobservancia cometida. Se sugiere al responsable solicitar a los invitados no alejarse del lugar del evento.-
ARTICULO Nº 11.- Los montos a abonar por el propietario solicitante para el uso del espacio será determinado por la ORGANIZACION.-
ARTICULO Nº 12.- Se establece como horario tope para la culminación del II Festival Folclorico Pura Cañita Juan Viñas 2014, las 18:00 horas sin excepción. Además se deja establecido que queda prohibida la utilización de peloteros y/o camas elásticas, patinetas, patines, bicicletas en el área interna del salón y sus alrededores internos.
COSTOS:
-VENTAS en la categoría de: 1. Comidas rápidas, 2. Chinamo de dulces, 3. Puesto de parrillada ¢45,000 (cuarenta y cinco mil colones exactos)
-EXPOCISION en la categoría de: 1. Artesanías, 2. Manualidades, 3. Marca (Información de Empresas patrocinadoras y/o participantes), 4. Pinturas ¢0.00 (GRATUITO)
-OTRAS CATEGORIAS en las que incluye: OTRAS NO MENCIONADAS ¢60,000ºº (Todo aquello que genere ganancia al propietario del espacio, sea este patrocinador o participante del II Festival Folclórico Pura Cañita Juan Viñas 2014). Así mismo podrán exponer, vender y todo aquello que crean necesario para aumentar la exposición de marca de la empresa.
Por favor por consultas dirigirse a Dirección General.-
Bryan Josué Fernández Hernández
Director General